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Arraigo Social en Madrid 2026

Tramitamos tu arraigo social en Madrid centro con un equipo legal especializado. Más de 5.000 casos resueltos y 95% de aprobación.

Requisitos del arraigo social en Madrid (2026)

El arraigo social es la vía más utilizada en la Comunidad de Madrid para regularizar a quien ya lleva tiempo viviendo aquí. Desde mayo de 2025 se rige por el Real Decreto 1155/2024, que introdujo un cambio que mucha gente todavía no conoce: la permanencia exigida bajó de tres años a dos.

📅 Permanencia mínima

Dos años de residencia continuada en España, acreditados sobre todo con el padrón histórico. Las ausencias del país están limitadas.

👨‍👩‍👧 Informe de integración

Lo emite la Comunidad de Madrid. La alternativa es acreditar vínculos familiares con residentes legales.

💶 Medios económicos

El reglamento vigente ya no obliga a presentar un contrato de trabajo en esta vía: se pueden acreditar medios por otros cauces.

📜 Sin antecedentes

Certificado de antecedentes penales de España y de los países donde hayas residido los últimos cinco años, vigentes y legalizados.

Ojo con el requisito del contrato. Muchas páginas todavía piden «contrato de 30 horas semanales» para el arraigo social. Eso venía del reglamento anterior. Hoy esa exigencia de contrato corresponde al arraigo sociolaboral, y son 20 horas semanales. Puedes ver la comparativa completa en nuestra guía de las cinco vías de arraigo.

El informe de integración social en Madrid, paso a paso

Aquí es donde se atascan la mayoría de los expedientes madrileños, porque el trámite tiene un requisito previo que sorprende a casi todo el mundo.

1. El curso «Conoce tus leyes»

La Comunidad de Madrid no emite el informe de integración si antes no has realizado el curso «Conoce tus leyes». Es gratuito y se imparte en los CEPI (Centros de Participación e Integración) repartidos por la región.

La inscripción es presencial: hay que acudir a un CEPI en horario de mañana o tarde, de lunes a viernes. Como la oferta es continua pero las plazas se llenan, conviene apuntarse cuanto antes y no dejarlo para cuando ya tengas el resto de papeles listos.

2. Solicitud del informe

Con el curso hecho, el informe se solicita a la Comunidad de Madrid, a través de su sede electrónica o del registro, acompañando el justificante de pago de la tasa correspondiente. La competencia es autonómica, no municipal: es un error frecuente acudir al ayuntamiento a pedirlo.

3. Plazos y vigencia

El informe debe emitirse en un plazo máximo de un mes desde la solicitud, y una vez emitido tiene una vigencia de seis meses. Ese detalle importa mucho: si lo pides demasiado pronto y luego tardas en reunir el resto de la documentación, puede caducarte antes de presentar la solicitud de arraigo y tendrás que repetir el trámite.

Por eso el orden en que se hacen las cosas no es indiferente. Lo habitual es dejar el informe para el final, cuando ya tienes el padrón histórico y los antecedentes en la mano.

El padrón histórico en Madrid

Es la prueba central de tus dos años y conviene pedirlo con tiempo. En el Ayuntamiento de Madrid se solicita el certificado de empadronamiento histórico, que recoge todos tus movimientos de alta y baja, no solo la situación actual. El volante ordinario no sirve para esto.

Si hay huecos —periodos en los que viviste en Madrid pero no estuviste empadronado— no todo está perdido: se refuerzan con facturas, contratos de alquiler, informes médicos con fecha, matrículas escolares, extractos bancarios o certificados de asociaciones. Lo importante es que la línea temporal quede completa y sin saltos inexplicados.

Documentación a presentar en Madrid

  1. Modelo EX-10 cumplimentado y firmado.
  2. Pasaporte completo en vigor: original y copia de todas las páginas, también las en blanco.
  3. Certificado de empadronamiento histórico que cubra los dos años.
  4. Certificado de antecedentes penales del país de origen, con Apostilla de La Haya o legalización, y traducción jurada si no está en español.
  5. Informe de integración social de la Comunidad de Madrid, o documentación que acredite los vínculos familiares con residentes legales.
  6. Acreditación de medios económicos, o contrato u oferta de empleo si vas por la vía sociolaboral.
  7. Justificante del pago de la tasa 790-052.

Las tasas y los modelos se actualizan periódicamente, así que conviene confirmar los importes vigentes el mismo día de la presentación.

Errores que más vemos en los expedientes de Madrid

Plazos en Madrid

En la Oficina de Extranjería de Madrid el plazo legal de resolución es de tres meses, pero los tiempos reales en 2026 oscilan entre cuatro y nueve meses según el centro tramitador.

Si pasan los tres meses sin respuesta se produce silencio administrativo negativo, que no es una denegación por el fondo y que se puede recurrir. Lo explicamos en detalle en qué hacer cuando no te contestan.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta tramitar el arraigo social en Madrid con Horizon?

Nuestra tarifa fija para arraigo social completo es desde 300€ (revisión documental, presentación, seguimiento y recurso si fuera necesario). Tasa oficial 790-052 aparte (≈ 12,28€).

¿Puedo solicitar arraigo social sin contrato si tengo familia española?

Sí. Existe la modalidad "arraigo social por vínculos familiares" cuando el solicitante tiene cónyuge, padres o hijos residentes legales en España, sin necesidad de contrato laboral.

¿Cuánto tarda Madrid en darme cita previa para presentar el arraigo?

Las citas en Madrid se otorgan a través del sistema mercurio. En 2026 los tiempos son de 2-6 semanas. Si necesitas ayuda para conseguir cita, contáctanos.

¿Qué pasa si me deniegan el arraigo social en Madrid?

Tienes 1 mes para presentar recurso de reposición o 2 meses para recurso contencioso-administrativo. Nosotros lo gestionamos en el mismo precio si llevamos tu expediente.

¿Hacéis arraigo social fuera de Madrid?

Sí, también gestionamos provincias limítrofes (Toledo, Guadalajara, Segovia, Ávila) y resto de España de forma online.

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